domingo, 29 de abril de 2018

Boletín Oficial los feriados del 2018

Confusión

Feriados 2018: 4 de cada 10 empresas no darán asueto el lunes

A diferencia del martes 1°, el 30 de abril es jornada no laborable. Una
encuesta muestra qué hará el sector privado con sus empleados.

Este fin de semana llega el tercero extra largo del año. Los que gocen de
este beneficio -ahora veremos quiénes- tendrán cuatro días de descanso.
Desde el sábado 28 de abril, hasta el martes 1 de mayo, cuando es el
feriado inamovible del Día del Trabajador.

Pero, atentos, de acuerdo con el decreto presidencial vigente, el lunes 30
de abril será un día no laborable. A diferencia de los feriados, el
empleador tiene la potestad de terminar si concede asueto a sus
trabajadores. O no.

Una encuesta realizada esta semana en todo el país, por la empresa de
auditoría PwC, afirma que el 54% de las empresas otorgará a la jornada del
30 de abril calidad de día feriado. En tanto, el 38%, tendrá una jornada
habitual de 8 horas, mientras que el 16% aún lo están evaluando y apenas
un 3% tendrán una jornada reducida.

Este tercer fin de semana extra largo llega como resultado de la decisión
del Congreso, a través de la ley 27.399, de otorgar la facultad al Poder
Ejecutivo de fijar hasta "tres días feriados o no laborables destinados a
promover la actividad turística (...) que deberán coincidir con los días
lunes o viernes".

En la encuesta de PwC se aclara que algunas empresas informaron más de una
modalidad para este 30 de abril, "dado que realizarán una diferencia con
el personal de planta y el personal administrativo".

¿Qué diferencia hay entre un día no laborable y un feriado?

Los artículos 166 y 167 de la Ley de Contrato de Trabajo detallan que "en
los días feriados nacionales rigen las normas legales sobre el descanso
dominical". Entonces, se pagará el salario normalmente y en caso de
trabajar ese feriado, se recompensará con un 100% más de la remuneración
habitual (se pagará el doble).

Ahora bien, en los días no laborables -que el decreto 923/2017, basado en
el artículo 7 de la ley 27.399, hizo que el Poder Ejecutivo los defina
este año para el 30 de abril, el 24 de diciembre y el 31 de diciembre- "el
trabajo será optativo para el empleador, salvo en bancos, seguros y
actividades afines, conforme lo determine la reglamentación". Quienes
"presten servicio, percibirán el salario simple."

Es por esto que que el día de descanso quedará supeditado a la voluntad
del empleador y, en caso de trabajarlo, no se pagará el doble de la
jornada.

La confusión

Cuando el Gobierno publicó en el Boletín Oficial los feriados del 2018,
incluyó al lunes 30 de abril como "Día no laboral con fines turísticos"
(como al 24 y 31 de diciembre). Eso llevó a una confusión que terminó con
picos de búsqueda en Google sobre ese día. Al estar pegado al martes 1° de
mayo, inamovible, hay quienes podrán disfrutar del fin de semana XXL y
quienes no.

Según la ley que los definió, el Poder Ejecutivo puede optar por ampliar
los días de descanso (hasta tres) y elegir entre convertirlos en puente o
no laborables. La decisión fue mediar entre dos intereses contrapuestos:
el turismo y las empresas.

El día no laboral sí deja a todos los sectores públicos, incluyendo a
escuelas y universidades, como un feriado turístico. Por eso, como
explicamos al inicio de esta nota, para el sector privado, la decisión es
de cada empresa.

Fuente Clarín

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